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Las aseguradoras y DGT mantienen un plan para hacer obligatorio el seguro a bicis eléctricas

A partir de enero de 2026 será obligatorio asegurar los patinetes eléctricos y VMPs, tras la modificación de la Ley del Seguro publicada en el BOE en julio.

En aquella ocasión esquivamos la bala de un posible seguro obligatorio para bicicletas o bicicletas EPAC con asistencia eléctrica, como afortunadamente recogen desde AMBE.

Esta modificación legal obligaba a cierta Comisión a emitir un Informe Razonado sobre los motivos y oportunidad de este cambio. Este Informe ya lo han publicado desde la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía, y está disponible para su lectura y descarga. Y por si lo quitan, aquí también lo tienen, íntegro:

El informe en sí es un poco denso. Lo interesante es este resumen con las opiniones de los distintos agentes sobre sus posiciones respecto a:

  • Seguros obligatorios para bicicletas u otros ciclos
  • Seguros obligatorios para bicicletas o ciclos con asistencia eléctrica
  • Obligatoriedad del casco
  • Obligatoriedad de un registro o matrícula para usar bici o bicicleta con asistencia.

Tomen nota.

Opiniones sobre Regulación de VPL y Seguro Obligatorio

Organizaciones que Comparecieron ante la Comisión de Seguimiento

OrganizaciónSeguro Obligatorio VMP/PatinetesSeguro Obligatorio Bicicletas/EPACRegistro y MatrículaOtras ObligacionesObservaciones Relevantes
Dirección General de Tráfico (DGT)A favorDistingue entre patinetes y EPAC (bicicletas eléctricas). Las EPAC podrían regularse en fase posteriorA favor. Competencia exclusiva del Ministerio del Interior vía DGT• Edad mínima: 16 años
• Casco obligatorio
• Elementos de visibilidad
• Certificado de circulación
Ya existe Marco normativo: Manual de características, certificado de circulación, laboratorios de certificación. No comercialización sin certificar desde 22/01/2024
Servei Català de Trànsit / Ayto. MadridFavorableNo se pronuncian específicamenteFavorable al sistema de identificación y registro• Código de accesibilidad
• Edad mínima 16 años
• Casco obligatorio en Barcelona
• Seguro obligatorio
Preocupación: facilidad de huida del conductor tras accidente. Madrid exige formación para carsharing
Fiscalía de Seguridad VialMUY FAVORABLE. Es necesario por desprotección actual de víctimasFAVORABLE. Deberían tener el mismo régimen que VMPImprescindible. Necesario medio de identificación del vehículo y registro único• Aplicar régimen similar a vehículos a motor
• Aplicar baremo Ley 35/2015
• Intervención CCS como Fondo de Garantía
Posición más clara y rotunda a favor de regulación integral. Identifican casos con fallecidos y lesionados graves sin cobertura
RACE (Real Automóvil Club de España)Muy favorable al seguro obligatorioFAVORABLE a incluir bicicletas (tanto eléctricas como convencionales)Imprescindible identificar y registrar vehículos• Formación normalizada obligatoria
• Casco obligatorio
• Edad mínima: 15 años (equiparar a ciclomotores)
• Inspecciones técnicas periódicas
Ejemplifica con drones que cumplen requisitos técnicos. Apoyan regulación homogénea nacional. Importancia de «convivencia en vía pública»
RACC (Real Automóvil Club de Catalunya)FavorableNO FAVORABLE. Considera despro­porcionado para bicicletasFavorable pero sugiere seguro sobre la persona en lugar del vehículo (alternativa)• Edad mínima: 15 años
• Cursos de formación vial (ya imparten en línea)
Realizan encuestas a usuarios. Preocupación: patinete es «temido» por ciclistas en carril-bici. Posición pragmática: «empecemos por patinetes»
FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias)No expresaron posición clara (esperaban debate interno)No se pronuncianNo se pronuncianInsisten en exclusividad del peatón en espacios peatonalesEn el momento de la comparecencia estaban pendientes de Pleno y cambio de presidencia
FEVEMP (Fed. Española de Vehículos de Movilidad Personal)CONTRARIOS al seguro obligatorioNo debe haber diferencia de trato entre VMP y EPAC según ellosCONTRARIOS a matriculación obligatoria. Favorables solo a identificación sencilla y gratuitaCONTRARIOS a requisitos obligatorios en general:
• NO a casco obligatorio (solo recomendación)
• Edad: 15-16 años aceptable
• NO a régimen legal de sanciones
Representa ~5 millones de usuarios. Argumentan:
• Baja siniestralidad
• Desincentiva uso (50% abandonaría)
• No hay requisitos en UE
• Ciudades no preparadas
Favorables a actuación policial contra uso irregular
Mesa de la Bicicleta (varias asociaciones del sector)No se pronuncian sobre VMPMUY CONTRARIOS para bicicletas y EPACMUY CONTRARIOS a matrícula y registro para bicicletasMUY CONTRARIOS a:
• Casco obligatorio
• Cualquier requisito obligatorio para bicicletas
Argumentos:
• Bicicletas NO están en regulación VMP
• Ningún país europeo lo exige
• «Conducción calmada» vs velocidad VMP
• Ya hay seguros (federados, clubs, empresas, hogar)
• Crearía barreras a movilidad sostenible
• Sexta Directiva UE excluye expresamente bicicletas
AECA-ITV (Asoc. Entidades Inspección Técnica Vehículos)Absolutamente necesarioNo se pronuncian específicamenteFavorable. Cada VMP debe tener trazabilidadITV/Inspección técnica periódica obligatoria
• Pegatina identificativa (código QR)
• Homologación
• Control de manipulaciones
Han elaborado Manual específico de inspección (>30 páginas, 8 capítulos, >30 puntos). Énfasis en verificación de velocidad, frenada, batería y cableado. Preocupación por explosión de baterías

Más claro todavía: el Grupo de Trabajo Jurídico (GTJ) manifiesta lo siguiente:

6.1.3. Exclusión del seguro de las bicicletas eléctricas

Desde la perspectiva del riesgo en la circulación y de la protección de la víctima, no existe ninguna diferencia que justifique la exclusión del ámbito de aplicación del seguro obligatorio de vehículos personales ligeros a las bicicletas eléctricas. De hecho, el GTJ de la CS, en sus propuestas iniciales, ratificadas por la opinión mayoritaria de los intervinientes en las diversas comparecencias, planteó incorporar en el ámbito de aplicación del nuevo seguro a las bicicletas eléctricas, por considerar que las características técnicas de velocidad y del riesgo en la circulación son muy parecidas, si no idénticas, a las de los denominados patinetes.

No obstante, ante el riesgo de que el respaldo político a la conocida oposición del sector de la bicicleta a la inclusión de estos vehículos en el seguro obligatorio produjera retrasos significativos en la tramitación del proyecto normativo, el GTJ optó, con pragmatismo y como alternativa, por dejar de lado esta cuestión en esta primera fase y proponer que no quedaran definitivamente cerradas las puertas a posteriores reflexiones, lo que, a juicio del GTJ ha hecho satisfactoriamente el número 4 de la disposición adicional Primera de la Ley, por la que se crea este nuevo seguro de VPL, al contemplar expresamente que por orden del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, previa consulta al Ministerio del Interior, “se podrán regular otras inclusiones de vehículos personales ligeros a efectos del seguro obligatorio, que cuenten para ello con un certificado de circulación y el adecuado sistema de registro público e identificación”.


De esta forma, el GTJ mantiene en pie la consideración de que, si las bicicletas eléctricas con pedaleo asistido concurren con las motocicletas, los ciclomotores y los nuevos VPL en la vía pública, parece fundado que las bicicletas eléctricas también cuenten en el futuro con un seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria.

Hay manifestaciones similares al respecto de un Registro de Vehículos de las Entidades Locales (ayuntamientos), que podría ser el futuro origen de un registro de bicicletas eléctricas a las que exigirles seguro o vaya usted a saber qué.

Dicho de otra forma: según el Informe Razonado, hemos ganado la batalla, pero no la guerra, y habrá que seguir alerta.

Rubén Carbonero

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