Noticias: el Supremo tumba la ordenanza de Zaragoza, que permitía circular por las aceras

Lo hemos leído en el Heraldo y en el Periódico de Aragón, y de momento el Ayuntamiento (del PSOE) no ha respondido. Tiene su sentido: veremos por qué.

La noticia, en el Heraldo de Aragón.
La noticia, en el Heraldo de Aragón.

El Ayuntamiento de Zaragoza incluyó en su ordenanza ciclista la posibilidad de que las bicicletas pudieran circular por las aceras «de forma excepcional», una medida que se ha mostrado polémica en cuanto tiene la oposición de parte de la sociedad aragonesa (en particular, de la asociación Acera Peatonal, surgida a cuenta de este asunto). La asociación de ciclistas Pedalea, por su parte, tampoco parecía estar entusiasmada por esta posibilidad, y se ha mostrado en contra en algunas ocasiones. Ya saben que en este blog nos parece que la bici está mejor en la calzada, por muchos factores.

De cualquier modo, la sentencia se fundamenta en que la ley de tráfico aún vigente especifica que la bici es un vehículo y por tanto su sitio está en la calzada. La normativa de un Ayuntamiento, sea cual sea, no puede contradecir a otra ley o normativa de rango superior, y por tanto se declaran nulos ciertos puntos de la ordenanza zaragozana.

Esto tiene varias implicaciones: en primer lugar, dictada esta sentencia por el Supremo, podría extrapolarse a las normativas y ordenanzas de otros ayuntamientos que también incluyen esta posibilidad, y por tanto invalidarlas.

Ahora bien, el 9 de mayo de 2014 entra en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, publicada en el BOE del 8 de abril.  Esta nueva Ley no especifica nada sobre las bicis en las aceras, pero tendrá que tener un desarrollo reglamentario, que aún no conocemos… Aunque Conbici ha tenido acceso a un borrador del nuevo Reglamento, redactado en 2013, en el que se especifica lo siguiente:

6. En el ámbito urbano, se podrá permitir que las bicicletas transiten por las aceras y demás zonas peatonales, en los términos que se establezcan mediante ordenanza municipal. En ningún caso podrá permitirse el tránsito de bicicletas por las aceras y demás zonas peatonales en los siguientes supuestos:

a) En las aceras que dispongan de una anchura inferior a 3 metros.

b) Cuando la densidad de peatones lo impida por causar riesgo o entorpecimiento indebido.

c) A una distancia inferior a 1 metro de la fachada de los edificios.

Los menores de 14 años podrán circular en bicicleta por las aceras y demás zonas peatonales, siempre que la densidad de peatones lo permita. Un adulto podrá acompañar a uno o varios menores circulando por la acera, en las mismas condiciones.

En la circulación del ciclista por la acera y por las demás zonas peatonales, el peatón tendrá siempre la prioridad sobre el ciclista y éste deberá adaptar la velocidad de su marcha para no poner en riesgo el tránsito normal de éstos.

Así pues, por una parte el Supremo impedirá circular por las aceras, de acuerdo con la ley vigente hasta el 9 de mayo, pero por la otra, si se aprueba el nuevo Reglamento con una redacción similar a esta, se podría volver a permitir cuando entre en vigor. En algún momento se ha dicho que esto ocurrirá antes del verano de 2014.

¿Qué pasará finalmente? Pues vaya usted a saber. Esto es como un culebrón: la divertida incertidumbre de si se puede o no circular por la acera, y cómo.

Actualización (28 de abril): el Ayuntamiento afirma que acatará la sentencia, pero que la ordenanza tal como está será válida a partir de la aprobación del nuevo Reglamento General de la Circulación, que esperan antes de septiembre. Así pues, entre abril y septiembre se acatará esta sentencia, y luego no porque ya no hará falta. O algo así. No estoy seguro de haberlo entendido. ¿Y ustedes?

Actualización (24 de septiembre): ahora resulta que, como la DGT no termina de lanzar el Reglamento, ese que era de aprobación «inmediata», el Ayuntamiento ha optado por acatar la sentencia borrando el carril bici del Pº Independencia y dando 15 días de gracia «informativa» a los ciclistas, a quienes ya no permite circular por las aceras desde el 23 de septiembre. El Reglamento no está y no se sabe cuándo llegará ni qué dirá a este respecto.

Circule por la calzada: es cuestión de egoísmo y comodidad

Que no, que por la acera no vamos bien en bici. No se circula con comodidad.

Y no me refiero a esos molestos peatones que insisten en caminar por ahí como si fuera su sitio legítimo.* Es una cuestión mucho más sencilla, de velocidades y trazados.

Verán, una bicicleta, salvo que lleve ruedines,** requiere una velocidad mínima para mantenerse en equilibrio, algo superior a la de un peatón a buena marcha. A ojo, un peatón que camine rápido circula a unos 6 Km/h y una bici requiere 8 Km/h de mínima. Es una cuestión de física un tanto complicada de explicar, pero patente en el uso: en bici siempre iremos más rápido que los peatones. Si circulamos «a paso de persona», como proponía el antiguo código de la circulación, tendremos que hacer equilibrios con el manillar para no caernos.

Y eso hablando de mínimos: en ciudad, un recorrido en bicicleta se hace a aproximadamente 15 Km/h de media, contando paradas, con puntas de 30 o incluso 40 Km/h si pilla una buena racha. Son cifras medidas en Copenhague, pero no difieren mucho en el resto del mundo. Recordemos que el 56% de los ciclistas de allá declaran elegir la bici por velocidad, 37% por comodidad y 29% por ahorro, no por ecología ni otras cuestiones etéreas.

Así que cuando se proyecta una vía de este tipo, entre las cosas a tener en cuenta es que se pueda circular a velocidades útiles y cómodas.

Velocidades de proyecto para vías ciclables según manual de Cataluña
Velocidades de proyecto para vías ciclables según manual de Cataluña

Los (buenos) manuales técnicos de ayuda a los planificadores urbanos lo saben y recomiendan velocidades objetivo para el diseño: por ejemplo, el manual de Cataluña recomienda mínimos de 30 Km/h en pistas de uso exclusivo de bicicletas. Y a su vez, esta velocidad objetivo del diseño requiere unos radios de giro mínimos para las curvas.

Radio de curvatura de una curva en una función. De Wikipedia.
Radio de curvatura de una curva en una función. De Wikipedia.

Una curva muy pronunciada (de poco radio) ha de tomarse a poca velocidad; una más «abierta» (de mayor radio) podrá hacerse más rápido. Si tomamos una curva muy pronunciada a alta velocidad, nos saldremos de la vía. Tienen una explicación más detallada en Cifras y Teclas (donde además les hablan de la clotoide, una curva de radio variable que se usa mucho en carreteras). Los técnicos de movilidad que hacen las cosas bien*** saben esto y planifican los trazados de las vías en consecuencia. Al menos, en las calzadas y carreteras es así: todas las curvas muy pronunciadas tienen indicadores de velocidad máxima, y las autovías y autopistas tienen requisitos muy estrictos respecto al radio mínimo de sus curvas.

Radios mínimos propuestos para curvas en vías ciclistas, según manual de Cataluña
Radios mínimos propuestos para curvas en vías ciclistas, según manual de Cataluña

Pero a algunos técnicos no les dejan hacer las cosas bien, o no se aplican a conciencia con las vías para bicis, y a veces les salen barbaridades y chapuzas que luego no son cómodas para ciclistas. Continuar leyendo «Circule por la calzada: es cuestión de egoísmo y comodidad»