Hay mucha gente de buena intención que está a favor de la obligatoriedad del casco en todas las vías. Es cierto que, intuitivamente y a primera vista, parece buena idea porque el casco se asocia con mayor protección.
Y la verdad es que los humanos somos bastante malos interpretando riesgos. Por eso a mucha gente le da pánico montar en avión, cuando estadísticamente es muchísimo más peligroso montar en coche. Como usar el coche es cotidiano, nos sentimos más seguros en él que en un avión, aunque no lo estemos.
1999, aparte de una canción de Love of Lesbian, fue un año interesante para el ciclismo en este país.
En 1999 gobernaba España D. José María Aznar López, y era presidente del Congreso D. Federico Trillo Figueroa. Y en 1999 empezaban a discutirse asuntos interesantes al respecto del casco ciclista. En mayo de ese año, hace ahora 14, se debatía la adaptación de las normas de circulación a la práctica del ciclismo. Y las posturas eran singulares. El PSOE proponía la obligatoriedad del casco en vías interurbanas y el PP proponía no incluirla.
El señor Presidente del Congreso hacía también su aportación al debate, en su línea habitual:
La Presidencia también tiene alguna inquietud. Yo espero que haya quedado claro que las bicicletas de gimnasia no necesitan casco.
Los cascos ciclistas, como otros sistemas de protección personal, tienen que cumplir unos requisitos de homologación. Queremos contaros cuáles son, averiguar de qué protegen exactamente y de qué va la cosa en general.
La normativa
En la Unión Europea, los cascos ciclistas para adultos tienen que cumplir de forma genérica la directiva 89/686/EC (también en español) que se refiere a «todo tipo de equipamiento personal de seguridad», y específicamente la norma europea EN 1078, con extracto disponible en castellano vía Aenor. En la directiva se indica específicamente que esta directiva excluye a…
Helmets and visors intended for users of two- or three-wheeled motor vehicles.
En otras palabras, los cascos de bici no sirven para ir en moto. La normativa europea de cascos para motocicleta incluye tres niveles de protección, según cubran y protejan la barbilla o no, y es heredada de la regulación 22 de las Naciones Unidas. ¿Y son muy distintos los requisitos? Han de serlo, a la vista de que unos no valen para lo otro.
Para empezar, el preámbulo de la transposición británica a la norma EN 1078, en lo demás idéntica al resto de normas europeas, dice:
[The standard] specifies requirements for helmets intended for use by pedal cyclists on ordinary roads, particularly by young riders in the 5 years to 14 years age group, but which may also be suitable for off the road. It is not intended for high-speed or long distance cycling, or for riders taking part in competitive events. The level of protection offered is less than that given by helmets for motorcycle riders and is intended to give protection in the kind of accident in which the rider falls onto the road without other vehicles being involved.
Es decir, ofrece menos protección que los cascos para moto, y está diseñado solo para accidentes en los que no interviene otro vehículo: cuando el ciclista cae contra la carretera.
Eso es lo que quiere la Dirección General de Tráico: prohibir de facto la circulación de ciclistas sin casco en todas las vías del país. Promover el uso del casco es una cosa; querer imponerlo so pena de multas, otra bien distinta.
En la inmensa mayoría de ciudades de este país, que (afortunadamente) no se compone solo de Madrides y Barcelonas, usar la bicicleta como transporte cotidiano es una actividad segura, cómoda y rápida. Y la legislación que se quiere imponer afectará a todo el país por igual.
Nos parece injusto que a estas señoras de Caparroso, por ejemplo, les impidan desplazarse a no ser que lleven casco. ¿Ustedes creen que seguirán usando sus bicicletas con la misma tranquilidad? A nosotros nos parece que es muy probable que dejen de usarlas.
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación y ofrecer contenidos de interés. Si sigues navegando, nos das tu consentimiento. De acuerdoAviso legal
Política de datos personales
Privacy Overview
This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.